¿CONOCÉS LA NUEVA ORDENANZA DE EVENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS?
La Ordenanza N.º161/2026, sancionada el 22 de junio, establece las condiciones y requisitos para la realización de distintos tipos de eventos dentro de la jurisdicción de la Comuna.
La normativa contempla actividades sociales, culturales, deportivas, recreativas y espectáculos públicos , incluyendo cumpleaños, casamientos, aniversarios, entre otras celebraciones.
SI ESTÁS PENSANDO EN ORGANIZAR UN EVENTO, TENÉ EN CUENTA:
Es importante avisar previamente a la Comuna, con una anticipación mínima de 15 días, presentando la nota de solicitud y la documentación correspondiente.
Según el tipo y las características del evento, se deberán cumplir distintos requisitos relacionados con la seguridad, el lugar de realización, el seguro, la asistencia sanitaria y otros aspectos previstos por la normativa.
También se contemplan pautas relacionadas con los ruidos, la convivencia con los vecinos, la circulación y el cuidado y limpieza de los espacios utilizados.
TODA LA INFORMACIÓN, A TU ALCANCE
Para que puedas conocer la normativa y realizar el trámite de manera sencilla, adjuntamos la Ordenanza N.º161/2026, la nota de solicitud y el detalle de los requisitos.
Ordenanza Nº 161-2026 - Eventos y Espectáculos públicos.pdf
Nota de notificacion para eventos.pdf
Documentación requerida para espectáculos públicos y eventos privados_20260708_090100_0000.pdf
Si estás organizando un evento, te recomendamos consultar la documentación con anticipación y acercarte a la Comuna ante cualquier duda.
Entre todos seguimos trabajando para que nuestros eventos puedan disfrutarse de manera segura, organizada y responsable.